Bingo de Buenos Aires quieren instalar tragamonedas
marzo 6th, 2010 by admin
Los bingos que están instalados en la Ciudad de Buenos Aires han hecho una solicitud ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo comunicando que no pueden mantener más su actividad en caso de que no se les permita instalar máquinas electrónicas.
Los dueños de las distintas salas de bingos dicen que, si Lotería Nacional continúa persistiendo en impedirles ingresar al mundo de las tragamonedas, no podrán preservar las fuentes de trabajo, que emplean a 2.000 jefes de familias.
En el objeto de la demanda, la presentación sostiene:
“Por medio venimos en legal tiempo y forma a promover formal acción de amparo, contra el Art. 1º del objeto de la convocatoria promovida por la Lotería Nacional Sociedad del estado; que dispone la presentación de cinco agentes operadores para cubrir la explotación de cinco (5) salas de juegos denominadas loto familiar, loto de salón, loto bingo, por disponer en la citada normativa la exclusión de todos los juegos de azar que no respondan a la modalidad consignada precedentemente, al referir expresamente “Lotería Nacional Sociedad del Estado no autoriza en las salas de loto familiar, de loto de salón, de loto bingo bajo ningún concepto y cualquiera sea la razón invocadas maquinas de juegos de resolución inmediata, maquinas traga monedas, maquinas electrónicas y/o electromecánicas de juegos de azar, video lotería o cualquier otro sistema o equipamiento que pudiera desvirtuar, al solo criterio de esta sociedad del estado, el objeto de la presentación de esta convocatoria y contra todos los actos administrativos dispuestos como consecuencia del mismo”.
Es que la prohibición consignada afecta en forma grave. Lesiona, restringe, altera y amenaza con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías que le corresponden y poseen todos los habitantes de la Nación Argentina, previstas y contemplada en nuestra Constitución Nacional especialmente; los derechos y garantías contemplados para la protección de los consumidores y usuarios (art. 42 de la C.N.) y también de propiedad (art. 17 de la C.N.), igualdad ante la ley (art. 18 de la C.N.), protección de los trabajadores (art. 14 bis de la C.N.), y de consumo, las leyes que prohíben explotaciones monopólicas en desmedro del usuario o consumidor de la actividad lúdica.
La presente acción de amparo se promueve contra Lotería Nacional Sociedad del Estado con domicilio en la calle Santiago del Estero 126/140 piso 4º de esta ciudad.”
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